Trámite para Posesión

La suscripción del acta de posesión determina el ingreso del nuevo funcionario a la Contraloría General. La posesión es una formalidad que tiene por objeto comprometer el ejercicio de la función pública por parte de los empleados públicos, dentro de los marcos de la Constitución y la Ley.
Ningún empleado entrará a ejercer su cargo, sin prestar juramento de respetar, cumplir y hacer cumplir la constitución y las leyes y desempeñar los deberes que le incumben. De este hecho deberá dejarse constancia por escrito en acta (Art. 47 Dec.1950 de 1973)
Procedimiento para Tomar Posesión

Término para Aceptar el Cargo
A partir de la fecha de comunicación del nombramiento, el designado cuenta con diez (10) días (hábiles) para manifestar la aceptación o rechazo del cargo. (Art. 44 D.R. 1950 de 1973). En Bogotá (nivel central), el funcionario deberá radicar en la Cra. 10 No. 19-64 Piso 2, Dirección de Imprenta, Archivo y Correspondencia, carta dirigida al Contralor General, en el que manifiesta su aceptación o no aceptación del cargo. Para el caso de un nombramiento con sede en otra ciudad (nivel desconcentrado), este trámite se adelantará ante el Gerente Departamental respectivo.

Término para la Posesión
A partir de la fecha de aceptación del empleo, la persona designada cuenta con diez (10) días (hábiles) para tomar posesión. Este término, a juicio del Contralor y si existe causa justificada, se podrá prorrogar, hasta por noventa (90) días (hábiles)  y deberá constar por escrito (Art. 46 D.R. 1950 de 1973). La solicitud de prórroga debe ir dirigida al Contralor General e indicar dirección y el teléfono para el envío de la respuesta.

Los designados en el nivel central pueden radicar su solicitud de prórroga en la Cra. 10 19-64 Piso 2, Dirección de Imprenta, Archivo y Correspondencia, Bogotá D.C. o enviarla al fax No. 3537700 ext 3735 o 3731; y en otras ciudades pueden remitirla al fax antes mencionado o radicarla en la respectiva Gerencia Departamental.
Fechas de Posesión

Para efectos de facilitar el adecuado y oportuno manejo administrativo y presupuestal de las novedades, sólo se efectuarán posesiones del primero (1°) al dieciocho (18) de cada mes, en horas laborables, en el Nivel Central; en el Nivel Desconcentrado, entre el primero (1°) y el quince (15) de cada mes, en horas laborables. Artículo segundo Resolución No 05454 de 2003.
Sin embargo, deberá tener en cuenta que debido al reporte que realiza la Entidad a la ARP 24 horas antes de la posesión, se deberá presentar como mínimo un día antes de la fecha límite de posesión. (Art. 4, Decreto 1295/1994).

Requisitos Generales para la Posesión

(Resolución 05454 del 3 de febrero de 2003)

  1. Adjuntar Certificación de aptitud médica general y de visiometría expedida por un profesional competente.
  2. Adjuntar Carta de aceptación del cargo dirigida al señor Contralor General.
  3. Dos (2) fotos 3X4 fondo blanco perfil ¾ izquierdo, Grupo Sanguíneo y Factor RH (Para la expedición del carné de la Entidad)
  4. Dos (2) Fotocopias de la cédula de ciudadanía.
  5. Fotocopia del certificado judicial vigente, expedido por el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).
  6. Fotocopia de la libreta militar.
  7. Certificado de antecedentes disciplinarios, expedido por la Procuraduría General de la Nación.
  8. Diligenciar el formato de declaración juramentada de Bienes y Rentas del Departamento Administrativo de la Función Pública, en cumplimiento de los artículos 13 y 14 de la Ley 190 de 1995.
  9. Diligenciar el formato de Declaración Juramentada de Inhabilidad e Incompatibilidad. (Ley 734 de 2002).
  10. Diligenciar el formato de la hoja de vida del Departamento Administrativo de la Función Pública.
  11. Fotocopia simple de los documentos que acreditan los requisitos para el cargo en cuanto a formación académica, experiencia laboral y cursos, de acuerdo a lo establecido en el Art.6 Decreto 269 de 2000. (De los estudios de pregrado y posgrado, se solicita una fotocopia adicional).
  12. Si el funcionario es cotizante o beneficiario en salud, debe acreditar la vinculación anterior, con certificación reciente expedida por la EPS correspondiente. Si ya se encuentra afiliado a un Fondo de Pensiones, debe allegar certificación reciente expedida por el Fondo de Pensión correspondiente.
  13. Una vez verificado el examen de aptitud médica y los demás requisitos, el Director de Gestión del Talento Humano y los Gerentes Departamentales proceden a diligenciar el acta de posesión, elaborada por la Dirección de Gestión del Talento Humano, para la toma de posesión ante el Gerente de Talento Humano o los Gerentes Departamentales, según sea el caso y se proceda a tomar el juramento correspondiente.
  14. En la misma fecha de posesión, el funcionario debe registrar su afiliación en salud a una Empresa Promotora de Salud EPS y en pensión a una Administradora de Fondos de Pensiones AFP ó Seguro Social, según régimen. (Ley 100 de 1993 y Decretos Reglamentarios). La elección de la EPS y/o Fondo de Pensiones es voluntaria y por lo tanto de libre escogencia (numeral 4, artículo 153, Ley 100 de 1993).
  15. Al nuevo funcionario se le entregará copia del acta de posesión, carta de presentación a la dependencia donde ha sido asignado y se le informará sobre los siguientes trámites administrativos que debe seguir:
    • Obtención del carné que lo identifica como funcionario de la Contraloría General de la República, ante la Dirección de Gestión de Talento Humano. Para el caso de las gerencias departamentales, el carné se expedirá una vez alleguen los documentos de posesión al nivel central.
    • Apertura de una cuenta bancaria para el depósito de salarios, la cual debe ser informada a la Dirección Financiera, a la Calle 17 No. 9-82, Piso 4º, Plataforma Norte del Centro Colseguros.
    • Afiliación a la Caja de Compensación Familiar a la que la Entidad se encuentre afiliada en el Nivel Central y en cada Gerencia Departamental.
    • El nuevo funcionario podrá escoger voluntariamente si desea que sus cesantías sean administradas por el Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República o por el Fondo Nacional del Ahorro, para lo cual se debe dirigir al Grupo de cesantías de la Dirección de Gestión de Talento Humano, piso 12 de la Torre Colseguros.
    • Programa de Inducción y Entrenamiento.
  16. Para el caso de las gerencias departamentales, los documentos de posesión deberán ser enviados de forma inmediata a la Dirección de Gestión de Talento Humano, para la inclusión oportuna de la novedad en el sistema.

Iconografía basada en piezas de la
Colección Museo del Oro del Banco de la República