Selección de Personal

¿Qué es el Sistema de Carrera Administrativa?

Con fundamento en lo establecido en el artículo 1 del Decreto 268 de 2000, en concordancia con el numeral 10 del artículo 268 y 125 de la Carta Política y los artículos 3 y 4 de la Ley 443 de 1998, este ente fiscalizador tiene una carrera administrativa especial.

La carrera administrativa es un sistema técnico de administración del talento humano; su objetivo es mejorar la eficiencia de la administración y ofrecer a todos los colombianos igualdad de oportunidades de acceso a la entidad.

De conformidad con lo anterior el acceso, ascenso y permanencia de los empleados a su servicio está reglamentado en normas propias expedidas únicamente para ser aplicadas al interior de la entidad, pero van armonizadas con los principios de carácter constitucional acerca de la función y administración pública, los servidores públicos y los principios legales que rigen la materia para la rama ejecutiva.

Actualmente la norma que establece el régimen especial de carrera administrativa de la Contraloría General de la República es el Decreto ley 268 del 22 de febrero de 2000.

La Dirección de la Carrera Administrativa en la CGR, está a cargo de un organismo interno denominado Consejo Superior de Carrera Administrativa, que es la máxima autoridad en esta materia y por lo tanto es el responsable de dirimir en última instancia todas las consultas referentes a la carrera y sentar doctrina en la materia.

Es de resaltar que en las decisiones que se adoptan en el seno de este organismo institucional tienen participación activa, además del señor Contralor General quien lo preside, el Gerente del Talento Humano, el Director de la Oficina Jurídica y el Director de Carrera Administrativa, dos representantes de los empleados escogidos por elección popular por un período de dos años entre todos los empleados inscritos en carrera administrativa.

La administración de la Carrera está a cargo de la Gerencia del Talento Humano a través de la Dirección de Carrera Administrativa; existe paralelo al Consejo Superior de Carrera otro ente de carácter institucional que es la Comisión de Personal que se encarga de dirimir las consultas y reclamos especialmente relacionados con los procesos de selección adelantados en la Entidad.

El Decreto antes citado, además de mencionar cuales son los cargos de carrera administrativa, establece entre otras materias y de forma general, el proceso de selección por méritos o concurso abierto, la evaluación del desempeño por objetivos y las causales de retiro del registro público de carrera administrativa.

Selección de Personal

La selección de personal está reglamentada en los capítulos IV y V del Decreto 268 de 2000 y la resolución número 05095 del 16 de junio de 2000.

El ingreso a los empleos de carrera administrativa en la Contraloría General de la República se hará por el sistema de méritos mediante concurso abierto, que comprende las etapas de análisis de necesidades y perfiles ocupacionales, convocatoria, reclutamiento, aplicación de las pruebas, conformación de la lista de elegibles, período de prueba por cuatro meses y finalmente una vez superadas las etapas anteriores la inscripción en el registro de empleados de carrera.

En cuanto a las pruebas es obligatoria la de antecedentes y la de entrevista, que tiene un valor máximo del 10% de la calificación definitiva. El jurado calificador será de número plural.

Es de tener en cuenta que una vez agotada cada etapa y/o prueba los concursantes tienen la posibilidad de reclamar contra los resultados obtenidos en las mismas.

La elaboración y aplicación de las pruebas o instrumentos de selección serán practicadas por parte de universidades públicas para lo cual la Contraloría General, deberá suscribir los contratos o convenios respectivos.

En relación con las pruebas la Contraloría General de la República otorga plena autonomía para la realización y aplicación de las mismas a la entidad contratada a fin de garantizar la transparencia , la igualdad y la legalidad en la ejecución de dicho proceso.

En caso de vacancia definitiva, si existiere lista de elegibles vigente, se procederá al nombramiento en período de prueba. Si no existiere, el empleo podrá proveerse mediante encargo o nombramiento provisional, previa convocatoria a concurso. Mientras se surte el proceso de selección los empleados de carrera podrán ser encargados en tales empleos si acreditan los requisitos para su desempeño, en caso de que no sea posible realizar el encargo podrá hacerse nombramiento provisional. El cargo del cual es titular el empleado encargado, podrá ser provisto en provisionalidad mientras dure el encargo del titular. Los nombramientos tendrán carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera con personal no seleccionado mediante el sistema de mérito. Salvo las excepciones previstas en el Decreto 268 de 2000, no podrá prorrogarse el término de duración de los encargos y de los nombramientos provisionales, ni proveerse nuevamente el empleo a través de estos mecanismos.

Para el Proceso de Selección Tenga en Cuenta
  • Leer las bases del concurso que se encuentran fijadas en cada convocatoria.
  • La Contraloría General de la República, goza por mandato constitucional de un sistema especial de Carrera Administrativa, por tanto el sistema de selección de personal (concurso abierto de méritos) está reglamentado en normas de aplicación exclusiva para el ente fiscalizador y son:
    1. Decreto 268 del 22 de febrero de 2000.
    2. Resolución 5095 del 16 de julio de 2000
    3. Resolución 5549 del 10 de Febrero de 2004.
    4. El diseño elaboración y aplicación de las pruebas es responsabilidad de la Universidad Pública contratada para el efecto.
¿Qué es un Proceso de Seleción?

Conjunto de procedimientos que buscan precisar qué personas y en qué medida, una serie de candidatos, reúnen ciertas características definidas previamente en la convocatoria y que corresponden con las necesidades establecidas dentro de la organización.

Etapas

El proceso de Selección de personal por el sistema de méritos, en la Entidad tiene las siguientes etapas:

  • Estudio de empleos de carrera administrativa, vacantes definitivas y perfiles;
  • Análisis financiero y contractual;
  • Convocatoria;
  • Reclutamiento: entrega de formularios e inscripciones;
  • Análisis de requisitos;
  • Aplicación de pruebas;
  • Conformación de listas de elegibles;
  • Nombramiento en período de prueba.
¿Qué es una Convocatoria?

Es la invitación a la ciudadanía para participar en igualdad de condiciones o de oportunidades en un concurso abierto de méritos para ingreso de personal, para acceder a cargos ofertados de acuerdo con los parámetros y procedimientos establecidos a que han de someterse quienes aspiren a ocupar el empleo.

¿Qué es un Perfil?

Indica qué factores y competencias, y en qué grado, son importantes para desempeñar adecuadamente las funciones y tareas propias de un proceso o rol dentro de un puesto de trabajo, obteniendo el consiguiente perfil de cualidades para cada uno de ellos.

Formulario de Inscripción

El único formulario válido para la inscripción es el entregado por la entidad en los sitios, fechas y horas señalados en la convocatoria correspondiente.

¿Qué es una Inscripción?
Es el registro de los datos personales, académicos y laborales del aspirante y sus correspondientes soportes de acuerdo a los requerimientos de la convocatoria.

Validez de la Inscripción
  • La inscripción deberá diligenciarse totalmente en letra legible en el formulario valido para ello.
  • Cuando las pruebas escritas coincidan o sean simultáneas, el aspirante sólo podrá inscribirse en una convocatoria, de lo contrario se le anularán todas sus inscripciones y no se admitirá para concursar en ninguna de ellas.
  • Inscribirse exclusivamente en los sitios, fechas previstas en la convocatoria.
  • Los aspirantes podrán inscribirse mediante poder debidamente otorgado ante autoridad competente, en el cual se encuentre consignado su firma y huella digital.
  • Podrá anexar todos los documentos relativos a experiencia o formación académica, que pretenda hacer valer en el concurso, en fotocopia simple.
  • Para hacer valer los estudios realizados en el exterior deberán acreditarse en el momento de la inscripción con la homologación y la convalidación, en los términos señalados por el ICFES y/o el Ministerio de Educación.
  • Aportar certificado de votación últimas elecciones, para definir empates en resultados definitivos.
  • Los documentos allegados a la Entidad por fuera de los términos señalados en la respectiva convocatoria para la realización de las inscripciones no serán tenidos en cuenta en ninguna de las etapas que componen el proceso de selección.
  • Indispensable anexar fotocopia de la cédula de ciudadanía.
  • La información consignada en el formulario de inscripción se entiende rendida y aportada bajo la gravedad del juramento.
  • Lo anterior teniendo en cuenta que la entidad en cualquier etapa del proceso de selección podrá comprobar la veracidad y legalidad de los documentos aportados por los aspirantes.
  • Informar y actualizar sus datos personales en caso de modificar su domicilio residencia o números telefónicos.
¿Qué es el Análisis de Requisitos?
Consiste en la revisión de los registros (estudios y experiencia) de los documentos e información de los aspirantes inscritos, con el fin de establecer si cumplen o no con los requerimientos establecidos en la respectiva convocatoria.

¿Qué son Equivalencias?
Igualdad en el valor estimado, ejemplo estudios por experiencia o viceversa. La convocatoria en cada caso deberá determinar cuál o cuáles de ellas se admiten para suplir el requisito exigido.

Educación Formal
Se entenderá como educación formal únicamente: la Primaria, el Bachillerato, la Carrera Técnica, Tecnológica, Universitaria o de pregrado y los Postgrados realizados u obtenidos con posterioridad a la obtención del título profesional, tales como especialización, maestría, doctorado, PhD, realizados en instituciones legalmente autorizadas y aprobadas por el ICFES y/o el Ministerio de Educación.

Educación no Formal
Se entenderá por educación no formal aquella que se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir conocimientos y formar en aspectos académicos y laborales; puede ser adquirida con anterioridad o posterioridad al título de educación formal, tales como cursos, diplomados, seminarios, capacitación en un área o disciplina determinada.

Acreditación de los Requisitos de Formación Académica

Los requisitos de formación académica se probarán mediante una de las siguientes formas:

  • Acta de Grado
  • Diploma del título obtenido
  • Certificación expedida por la autoridad competente en la que conste el título obtenido.
  • Registro del diploma.
  • Tarjeta profesional: Para las profesiones que se especifiquen en la convocatoria de acuerdo al requerimiento, en el ejercicio de su profesión deberá ser anexada al momento de la inscripción. La presentación de la tarjeta profesional, no excluye los anteriores requisitos. Se podrá presentar copias o fotocopias simples.
Acreditación de los Requisitos de Experiencia

Para acreditar requisitos referentes a la experiencia éstos se probarán mediante certificación o constancia en la que deberá indicar:

  • Nombre de la empresa, Entidad o persona natural o jurídica a quien haya prestado sus servicios
  • Dirección y teléfono
  • Fecha de ingreso y de retiro de la entidad o empresa donde laboró.
  • Denominación del cargo o empleo desempeñado
  • Descripción de las funciones desempeñadas
  • Intensidad horaria (si la vinculación es inferior a ocho horas diarias)
  • Firma autorizada de quien expide la certificación.

Experiencia
Se entiende por experiencia los conocimientos, las habilidades y las destrezas adquiridas o desarrolladas mediante el ejercicio de una profesión, ocupación, arte u oficio. Se clasifica en :

  • Experiencia profesional. Es el conjunto de conocimientos, destrezas y habilidades adquiridas en el desempeño o ejercicio de la profesión, la cual se cuenta a partir de la terminación y aprobación de todas las materias que conforman el pensúm académico de la respectiva formación profesional.
  • Experiencia especifica. Es el conjunto de conocimientos, destrezas y habilidades adquiridas en el ejercicio de un cargo o actividad de igual naturaleza a las del empleo por proveer.
  • Experiencia relacionada. Es el conjunto de conocimientos, destrezas y habilidades adquiridas en el ejercicio de funciones o actividades de similares características a las del empleo por proveer.
  • Experiencia general. Es el conjunto de conocimientos, destrezas y habilidades adquiridas en el desempeño o ejercicio de cualquier empleo.

Recuerde que:
Para hacer valer la experiencia profesional, ésta se cuenta a partir de la terminación y aprobación de todas las materias que conforman el pénsum académico de la respectiva formación profesional, para la cual deberá anexar la correspondiente certificación o constancia.

En los casos en que el aspirante haya ejercido su profesión o actividad en forma independiente, dicha experiencia laboral se acreditará mediante constancia expedida por las personas naturales o jurídicas ante quienes haya prestado sus servicios. Dicha certificación deberá estar firmada por las personas para las cuales ejerció las labores, especificando los requisitos establecidos en el inciso anterior.

Pruebas

Definición Prueba de Selección
Son instrumentos que permiten valorar los diferentes factores requeridos para el ejercicio de un cargo, utilizando medios tecnológicos y técnicos, que respondan a criterios de objetividad e imparcialidad con parámetros previamente determinados.

Carácter de la Prueba
Eliminatoria y Clasificatoria

  • Eliminatoria: prueba preliminar con puntajes mínimos aprobatorios establecidos y sirve para eliminar participantes u oponentes en un concurso.
    El aspirante debe obtener un puntaje igual o superior al mínimo aprobatorio fijado en la convocatoria, de lo contrario será excluido del concurso.
  • Clasificatoria: Tiene en cuenta el puntaje de cada uno de los aspirantes, cualquiera que sea su valor para el computo definitivo, determinando el orden o el puesto en una competición o concurso.

Cuando la prueba tiene efecto eliminatorio o clasificatorio se debe precisar el puntaje mínimo para aprobarla.

Clases de Prueba
Podrán ser de conocimientos (orales, escritas), de ejecución, de ensayo, análisis de antecedentes y entrevista, entre otras.

Pruebas de Conocimiento
Las pruebas de conocimiento tienen como objetivo evaluar el grado de nociones, conocimientos y habilidades adquiridos mediante el estudio, la practica o el ejercicio.
En cuanto al área de conocimientos, las pruebas pueden ser generales cuando tienen que ver con nociones de cultura o conocimiento generales y específicas cuando indagan conocimientos técnicos directamente relacionados con el cargo en referencia.
Según la manera como las pruebas se apliquen, pueden ser:

  • Orales: Preguntas y respuestas verbales.
  • Escritas: Preguntas y respuestas escritas.
  • De Realización: Ejecución de un trabajo, prueba de mecanografía, de taquigrafía, de diseño, o de manejo de un vehículo o fabricación de piezas.

Las Aptitudes
La potencialidad o predisposición de la persona para desarrollar una habilidad o un comportamiento. La aptitud debidamente ejercida a través de la practica se transforma en capacidad. Se mide a través de pruebas de razonamiento abstracto, mecanico, espacial o numérico entre otros.

El Análisis de Antecedentes
Es una prueba técnica estructurada, que incluye la definición de factores, peso, criterios de calificación e interpretación: permitiendo dar una valoración cuantitativa y objetiva de la formación académica y experiencia laboral que excedan los requisitos mínimos exigidos en la convocatoria para cada aspirante. Resolución 5095 de 2000, artículo 29

La Entrevista
Es un proceso de comunicación entre dos o más personas, con la finalidad de conocer las aptitudes del candidato, intereses, antecedente para determinar la adaptación del mismo en un determinado puesto de trabajo.

De Ejecución
En esta prueba la persona tiene que realizar cierto número de manipulaciones o también operar ciertos aparatos (ejemplo: reunir cubos, manejar un torno, o un pantógrafo).

De Ensayo
En esta prueba los temas de ensayo están conformados por preguntas que conducen a respuestas abiertas: conceptos argumentados, definiciones, descripciones, explicaciones. Debe ser calificada por un jurado competente.

Las pruebas se efectuarán en los sitios y fechas previamente fijadas en la convocatoria o en aviso se fije para el efecto.

En el evento de ser necesario aplicar nuevamente las pruebas estas serán diferentes y en todo caso no habrá lugar o modificar las bases del respectivo concurso.

Las pruebas a aplicar, el carácter de las mismas, así como el valor de cada una de ellas se encuentra fijado en cada convocatoria.

Lista de Elegibles

Es aquella que se conforma en estricto orden de mérito, con todos aquellos aspirantes que hayan obtenido el puntaje mínimo aprobatorio establecido de acuerdo a cada convocatoria.

El concursante que mayor puntaje haya logrado en las pruebas aplicadas en cada convocatoria es el que tiene derecho a acceder a la vacante convocada.

Periodo de Prueba

Tiempo durante el cual el empleado demuestra su capacidad de adaptación progresiva al cargo para el cual fue nombrado, su eficiencia en el desempeño de las funciones y su integración a la cultura organizacional.

La Inscripción en el Registro Público de Empleados de Carrera
Administrativa

Se produce cuando se haya obtenido calificación satisfactoria del periodo del periodo de prueba y otorga la plenitud de los derechos inherentes a ella, conforme a la ley y los reglamentos.

El Registro Público de Empleados de Carrera Administrativa de la Contraloría General de la República, estará conformado por todos los empleados inscritos o que se llegaren a inscribir en el mismo. Se llevará en forma sistematizada mediante el software de administración de personal.

Reclamaciones
  • Todos los actos administrativos generados con ocasión de un proceso de selección de personal concurso abierto de méritos en la Contraloría General de la República, se darán a conocer mediante aviso cuadro explicativo (listados) publicados o fijados en un lugar visible de las instalaciones de la entidad.
  • Los aspirantes podrán interponer reclamaciones contra dichos listados en las distintas etapas que comprenden el proceso de selección.
  • Las reclamaciones deberán presentarse por escrito dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la publicación del listado, indicando como mínimo la identificación del aspirante y número de la convocatoria, el listado contra el cual lo interpone y los motivos de la inconformidad.
  • Las reclamaciones serán respondidas mediante la fijación del aviso cuadro explicativo o listado, publicado en un lugar visible y de fácil acceso a la Entidad.
  • Devolución de documentos (términos): los aspirantes que no superaron el concurso deberán reclamar sus documentos en los sitios, fechas y horas señalados por la Dirección de Carrera Administrativa.

Iconografía basada en piezas de la
Colección Museo del Oro del Banco de la República