Tarifa de Control Fiscal

Objetivo

Cobrar, a favor del tesoro Nacional, el servicio de vigilancia de la gestión fiscal que ejerce la Contraloría General de la República, en cumplimiento de mandatos constitucionales y legales.

Artículo 4° Ley 106 de 1993

Metodología de Cálculo

El cálculo de la tarifa de control fiscal se realiza de acuerdo con el siguiente procedimiento:

  • Determinar el factor de fiscalización como resultado de dividir el presupuesto de gastos funcionamiento de la CGR entre la sumatoria de la ejecución presupuestal de gastos de los organismos y entidades vigilados;
  • Calcular la tarifa de control fiscal individiual multiplicando el factor de fiscalización por la ejecución presupuestal de gastos de cada uno de los organismos y entidades vigilados;
  • Elaborar proyecto de Resolución individual por medio de la cual se fija la tarifa de control fiscal a los sujetos pasivos de esta obligación fiscal;
  • Tramitar para firma del Contralor General cada proyecto de Resolución y posteriormente notificar a el respectivo representante legal.

tarifa de control fiscal 2002

tarifa del control fiscal 2003


Iconografía basada en piezas de la
Colección Museo del Oro del Banco de la República