Responsables

Responsables de Rendir la Cuenta Consolidada por Entidad.

El jefe de entidad, el representante legal, o quien haga sus veces en los sujetos de control de la Contraloría General de la República, son responsables de rendir la cuenta consolidada por entidad sobre sus gestiones financiera, operativa, ambiental y de resultados, la cual para su presentación deberá estar firmada por el representante legal, el jefe de entidad o quien haga sus veces en la misma.

Responsables de la Presentación del Plan de Mejoramiento.

El jefe de entidad, el representante legal, o quien haga sus veces en los sujetos de control, donde la Contraloría General de la República haya realizado un proceso de Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral, deberán suscribir y presentar un Plan de Mejoramiento Consolidado por Entidad, con base en los resultados del respectivo proceso auditor

Responsables de Rendir Cuenta al Culminar la Gestión.

El jefe de entidad, el representante legal, o quien haga sus veces en los sujetos de control de la Contraloría General de la República, cuando culminen su gestión fiscal o cuando, por vacancia definitiva, actúen por encargo superior a un mes, deberán rendir un informe de gestión.

Los Gobernadores, Alcaldes y particulares cuando culminen su gestión, respecto a los recursos de las transferencias del Sistema General de Participaciones de la Nación para los sectores de salud y educación, y sobre las regalías directas, son responsables de rendir cuenta al culminar la gestión.

Responsables de Rendir Información sobre el
Sistema General de Participaciones y Fosyga - Régimen Subsidiado.

Los Gobernadores, Alcaldes y particulares que administren o manejen fondos, bienes o recursos provenientes del Sistema General de Participaciones y Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA), para los sectores de salud, educación y propósito general, deberán rendir informes sobre los recursos transferidos por la nación para estos sectores.

Con base en lo establecido por el artículo 1o. del decreto 1526 de julio 24 de 2002, y la resolución 0166 de 4 de febrero de 2003 del Ministerio de Educación Nacional, mediante los cuales se reglamentan la administración y las condiciones del reporte del sistema de información del sector educativo, los municipios alimentarán su sistema con la información que les proporcionen las instituciones educativas. Los departamentos también alimentarán el sistema con la información que les suministren los municipios no certificados, incluyendo lo relacionado con los recursos asignados para calidad a cada uno de ellos.

La Contraloría General de la República recibirá la información de los distritos, de los municipios certificados, y de los departamentos la cuenta consolidada de los municipios no certificados. No obstante lo anterior, cuando lo requiera, solicitará información directamente a los municipios no certificados y a las instituciones educativas.

Responsable de Rendir Información sobre las Regalías Directas.

Los Gobernadores, Alcaldes y particulares que administren o manejen fondos, bienes o recursos públicos provenientes de las regalías directas derivadas de la explotación, transporte o embarque de los recursos no renovables, deberán rendir informes sobre los recursos de regalías

Responsables de Rendir el Informe sobre Gestión Ambiental Territorial.

Los gobernadores, alcaldes, jefes de entidad, representante legales, o quienes hagan sus veces de las entidades y organismos públicos del nivel territorial, deberán rendir un Informe sobre la Gestión Ambiental Territorial.

Responsables de Rendir Información para la Vigilancia
y Control Macro-Económico.

El jefe de entidad, el representante legal, o quien haga sus veces en las entidades y organismos públicos del orden nacional y territorial deberán rendir los informes.


Iconografía basada en piezas de la
Colección Museo del Oro del Banco de la República